La Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) es una modalidad de Sociedad Limitada en la que todas las participaciones pertenecen a un único socio. Permite crear una empresa con personalidad jurídica propia sin necesidad de incorporar a otra persona únicamente para constituir la sociedad.
Al igual que ocurre en una SL convencional, la responsabilidad del socio está, con carácter general, limitada a sus aportaciones, de modo que el patrimonio personal y el de la sociedad quedan jurídicamente separados. Además, actualmente puede constituirse con un capital social mínimo de 1 euro.
La SLU puede ser una alternativa interesante para profesionales y emprendedores que quieren desarrollar su actividad mediante una sociedad, limitar determinados riesgos empresariales o disponer de una estructura preparada para crecer sin necesidad de contar inicialmente con otros socios.
Índice de contenidos
¿Qué es una Sociedad Limitada Unipersonal?
Una Sociedad Limitada Unipersonal es una sociedad de responsabilidad limitada cuyo capital pertenece en su totalidad a una sola persona, que puede ser una persona física o incluso otra persona jurídica.
La Ley de Sociedades contempla dos formas de llegar a esta situación:
- Una sociedad que se constituye desde el principio con un único socio.
- Una sociedad inicialmente formada por varios socios en la que, posteriormente, todas las participaciones pasan a pertenecer a una sola persona.
En ambos casos, la sociedad sigue teniendo personalidad jurídica propia, diferente de la del socio único. Puede contratar trabajadores, emitir facturas, adquirir bienes, firmar contratos o asumir obligaciones en su propio nombre.
Por tanto, una SLU no debe confundirse con trabajar como autónomo. En el caso del autónomo, la actividad se desarrolla directamente como persona física; en la SLU existe una sociedad diferenciada que actúa como titular de la actividad empresarial.
Características principales de una Sociedad Limitada Unipersonal
Una SLU comparte la mayoría de características de cualquier Sociedad Limitada, pero incorpora algunas obligaciones específicas precisamente porque existe un único propietario.
| Característica | Cómo funciona |
|---|---|
| Número de socios | Existe un único socio |
| Socio único | Puede ser una persona física o jurídica |
| Personalidad jurídica | La sociedad es jurídicamente independiente del socio |
| Responsabilidad | Como regla general, limitada a las aportaciones realizadas |
| Capital mínimo | Desde 1 € |
| Capital | Se divide en participaciones sociales |
| Fiscalidad | La sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades |
| Junta general | Sus competencias las ejerce directamente el socio único |
| Decisiones | Deben documentarse mediante acta |
| Publicidad de la unipersonalidad | Debe constar en el Registro Mercantil y en la documentación de la sociedad |
La unipersonalidad debe hacerse constar expresamente en escritura pública y registrarse en el Registro Mercantil. Además, mientras exista un único socio, esta circunstancia debe aparecer en la documentación, correspondencia, pedidos, facturas y anuncios legales de la sociedad.
El socio único también asume las funciones que normalmente corresponderían a la junta general. Sus decisiones deben quedar recogidas en un acta firmada por él o por su representante.
¿Cuál es el capital mínimo para crear una SLU?
Una Sociedad Limitada Unipersonal puede constituirse actualmente con un capital mínimo de 1 euro, igual que cualquier otra Sociedad Limitada.
La Ley Crea y Crece eliminó el anterior mínimo general de 3.000 euros para facilitar la constitución de nuevas sociedades.
Sin embargo, mientras que el capital social no alcance los 3.000 euros, se aplican dos reglas especiales:
- Debe destinarse a la reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que la suma de capital y reserva alcance los 3.000 euros.
- Si la sociedad se liquida y su patrimonio no es suficiente para pagar sus obligaciones, el socio responderá solidariamente por la diferencia entre los 3.000 euros y el capital suscrito.
Por ejemplo, si creas una SLU con un capital social de 500 euros, legalmente puedes comenzar a operar. Sin embargo, mientras capital y reserva legal no alcancen conjuntamente los 3.000 euros, seguirán complicándose estas reglas especiales.
Por eso, aunque sea posible constituir una sociedad desde 1 euro, conviene elegir el capital inicial teniendo en cuenta los gastos de puesta en marcha, la financiación necesaria y las necesidades reales del negocio.
¿Qué responsabilidad tiene el socio único de una SLU?
La regla general es que el socio único no responde personalmente de las deudas de la sociedad. Su responsabilidad queda limitada a las aportaciones realizadas al capital.
Esto significa que, si la empresa contrae una deuda, el acreedor debe dirigirse normalmente contra el patrimonio de la propia sociedad y no contra los bienes personales del socio.
Sin embargo, existen escepciones importantes.
Una de ellas aparece cuando una sociedad pasa a tener un único socio y esa situación no se inscribe en el Registro Mercantil. Si transcurren seis meses sin registrar la unipersonalidad, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante ese periodo. Una vez inscrita la situación, deja de responder de las deudas posteriores por esta causa.
También puede existir responsabilidad personal cuando:
- El socio presta un aval personal para garantizar una deuda de la empresa.
- Se producen determinadas irregularidades en aportaciones o actuaciones societarias.
- El socio es también administrador y provoca daños incumpliendo los deberes asociados al cargo.
- La SLU tiene menos de 3.000 euros de capital y se producen el supuesto de liquidación previsto legalmente.
Por tanto, la expresión «responsabilidad limitada» no significa que sea imposible responder con el patrimonio personal en cualquier circunstancia, sino que esa es la regla general derivada de la condición de socio.
¿Qué obligaciones especiales tiene una Sociedad Limitada Unipersonal?
Además de las obligaciones contables, fiscales y mercantiles de cualquier SL, una sociedad unipersonal tiene que cumplir algunas formalidades adicionales.
La primera es dar publicidad a su condición de unipersonal. La constitución como SLU, la aparición posterior de un socio único, el cambio de ese socio o la pérdida de la unipersonalidad deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil.
También debe indicarse expresamente su condición de sociedad unipersonal en:
- Facturas.
- Correspondencia.
- Documentación comercial.
- Notas de pedido.
- Anuncios que deba publicar legalmente.
Además, como no existe una junta formada por varias personas, el socio único ejerce las competencias de la junta general. Sus decisiones deben consignarse en acta.
Otro punto especialmente importante son los contratos entre el socio y su propia empresa. Los contratos celebrados entre el socio único y la SLU deben documentarse por escrito, incorporarse a un libro-registro específico y mencionarse de forma individualizada en la memoria anual indicando su naturaleza y condiciones.
Estas formalidades son importantes precisamente para mantener una separación clara entre el patrimonio y las operaciones personales del socio y los de la sociedad.
Sociedad Limitada Unipersonal o autónomo: ¿qué diferencias existen?
Una persona puede desarrollar sola un negocio tanto como autónomo como mediante una Sociedad Limitada Unipersonal, pero jurídicamente son modelos muy diferentes.
| Aspecto | Autónomo | Sociedad Limitada Unipersonal |
|---|---|---|
| Titular de la actividad | Persona física | Sociedad |
| Personalidad jurídica propia | No | Sí |
| Número de socios | No existen socios | Un socio único |
| Responsabilidad | Generalmente personal e ilimitada | Generalmente limitada a la aportación |
| Capital mínimo | No existe | Desde 1 € |
| Tributación del negocio | IRPF | Impuesto sobre Sociedades |
| Contabilidad | Generalmente más sencilla | Contabilidad mercantil completa |
| Registro Mercantil | No necesario por la actividad individual | Inscripción obligatoria |
| Cuentas anuales | No se depositan como en una sociedad | Deben formularse y depositarse |
| Constitución | Más sencilla | Mayor formalidad |
El autónomo suele tener una estructura más sencilla para comenzar una actividad, mientras que la SLU permite una separación jurídica más clara entre persona y empresa.
También cambia la tributación. El autónomo declara el rendimiento de la actividad mediante IRPF, mientras que la sociedad calcula su resultado y tributa mediante el Impuesto sobre Sociedades.
Esto no significa que una SLU resulte fiscalmente más conveniente en cualquier situación. Para compararlas hay que valorar beneficios, retribución del socio, cotizaciones, gastos de gestión, responsabilidades y necesidades futuras del negocio.
¿Cómo crear una Sociedad Limitada Unipersonal paso a paso?
El proceso es prácticamente el mismo que para constituir una Sociedad Limitada, con la particularidad de que existe un solo socio desde el inicio.
- Elegir la denominación de la sociedad.
Debe solicitarse la certificación negativa de denominación para comprobar que el nombre elegido puede utilizarse. - Definir el capital y las participaciones.
El socio único deberá realizar la totalidad de las aportaciones y será propietario del 100 % de las participaciones. - Determinar el objeto social y la administración.
Hay que definir las actividades de la sociedad, el domicilio y cómo se organizará su administración. - Redactar los estatutos sociales.
Recogerán las normas fundamentales que regirán el funcionamiento de la SLU. - Formalizar la constitución ante notario.
El socio fundador otorga la escritura pública de constitución, en la que queda reflejada también la condición de sociedad unipersonal. - Obtener el NIF y realizar los trámites fiscales.
La sociedad deberá disponer de su propio NIF y comunicar a Hacienda las actividades y obligaciones tributarias correspondientes. - Inscribir la SLU en el Registro Mercantil.
La escritura se inscribe en el Registro Mercantil correspondiente, incluyendo la identidad del socio único. - Completar los trámites necesarios para iniciar la actividad.
Dependiendo del negocio pueden ser necesarias altas en Seguridad Social, contratación de trabajadores, licencias o autorizaciones.
También es posible utilizar CIRCE y el Documento Único Electrónico (DUE) para centralizar telemáticamente buena parte de los trámites de constitución de una Sociedad Limitada. El sistema envía la información a los diferentes organismos involucrados y coordina también la cita notarial.
¿Qué impuestos paga una Sociedad Limitada Unipersonal?
Una SLU tiene, a efectos fiscales, el mismo tratamiento básico que cualquier otra Sociedad Limitada. El hecho de tener un único socio no crea un impuesto específico.
El principal tributo sobre sus beneficios es el Impuesto sobre Sociedades.
En 2026, los tipos pueden variar según las características de la empresa:
| Tipo de sociedad | Tipo en 2026 |
|---|---|
| Tipo general | 25 % |
| Microempresa con cifra de negocios inferior a 1 millón: primeros 50.000 € de base imponible | 19 % |
| Microempresa: resto de base imponible | 21 % |
| Entidad de reducida dimensión que cumpla los requisitos | 23 % |
| Determinadas entidades de nueva creación | 15 % |
Para los periodos iniciados en 2026, la AEAT establece específicamente los tipos del 19 % y 21 % para microempresas y del 23 % para entidades de reducida dimensión.
Las entidades de nueva creación que desarrollen actividades económicas y cumplan los requisitos del artículo 29.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades pueden aplicar el 15 % en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente.
Además, una SLU puede tener que gestionar:
- IVA o el impuesto indirecto correspondiente a sus operaciones.
- Retenciones sobre nóminas, profesionales o determinados alquileres.
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
- Tributos locales u otras obligaciones vinculadas a su actividad.
Por otro lado, hay que distinguir los impuestos de la empresa de los impuestos del socio. Por ejemplo, si el socio recibe una retribución, dividendos u otras rentas procedentes de la sociedad, estas pueden tener posteriormente su propia tributación personal.
¿El socio único de una SLU tiene que ser autónomo?
No por el simple hecho de ser propietario de la sociedad, pero en muchas SLU en las que el socio único trabaja activamente en su negocio deberá cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
La normativa incluye en el RETA a quienes ejercen funciones de dirección y gerencia o prestan otros servicios de forma habitual, personal, directa y lucrativa para una sociedad de capital cuando poseen control efectivo sobre ella. Se considera que existe ese control, en todo caso, cuando el trabajador posee al menos la mitad del capital.
En una SLU, el socio posee el 100% del capital, por lo que el control efectivo resulta evidente. Si además trabaja habitualmente en la empresa o ejerce activamente las funciones de dirección y genrencia, lo normal será su inclusión en el RETA como autónomo societario.
En cambio, ser únicamente propietario de unas participaciones sin realizar actividad profesional para la sociedad ni ejercer funciones activas de dirección no implica automáticamente darse de alta como autónomo solo por ser socio.
Por eso conviene distinguir entre ser socio, trabajar en la sociedad y ejerce funciones de administración, ya que el encuadramiento en Seguridad Social depende de las funciones efectivamente realizadas.
Diferencias entre Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) y Sociedad Limitada (SL)
La SLU no es realmente una forma societaria completamente diferente de la SL. Es una Sociedad Limitada que tiene un único socio y, por esta circunstancia, debe cumplir algunas obligaciones adicionales.
| Aspecto | SLU | SL con varios socios |
|---|---|---|
| Número de socios | 1 | 2 o más |
| Capital mínimo | 1 € | 1 € |
| Responsabilidad | Limitada con carácter general | Limitada con carácter general |
| Impuesto sobre Sociedades | Sí | Sí |
| Participaciones | 100 % pertenecen al socio único | Se reparten entre varios socios |
| Junta general | Sus competencias las ejerce el socio único | Participan los socios |
| Decisiones societarias | Las adopta el socio único y se documentan en acta | Se someten a las reglas de votación |
| Publicidad de unipersonalidad | Obligatoria | No existe |
| Contratos socio-sociedad | Sujetos a formalidades específicas | No se aplica el régimen especial de socio único |
Ambas comparten la mayor parte de su regulación, incluida la responsabilidad limitada, las obligaciones contables, la tributación y las reglas generales de administración.
La principal diferencia aparece en quién posee la sociedad y cómo se documentan determinadas decisiones y relaciones entre la empresa y su único propietario.
Además, una empresa puede pasar de SLU a SL sin necesidad de crear una sociedad nueva. Si el socio único transmite parte de sus participaciones a otra persona, desaparece la situación de unipersonalidad y este cambio debe formalizarse e inscribirse.
Ventajas y desventajas de una Sociedad Limitada Unipersonal
La SLU permite disfrutar de muchas de las ventajas de una sociedad sin necesitar otros socios, aunque también implica más obligaciones que desarrollar la actividad directamente como autónomo.
| Ventajas | Desventajas |
|---|---|
| Responsabilidad limitada con carácter general | Mayor carga administrativa que ser autónomo |
| No necesitas otro socio | Obligación de llevar contabilidad mercantil |
| Personalidad jurídica independiente | Deben formularse y depositarse cuentas anuales |
| Puede constituirse desde 1 € | Hay costes de constitución y mantenimiento |
| Facilita separar patrimonio personal y empresarial | Deben cumplirse formalidades específicas por la unipersonalidad |
| Permite incorporar nuevos socios posteriormente | Los contratos entre socio y sociedad requieren especial documentación |
| Estructura adecuada para el crecimiento del negocio | El socio que trabaja y controla la empresa puede tener que cotizar como autónomo societario |
Una de sus mayores ventajas es que permite a una persona crear una sociedad sin buscar un segundo socio, algo que en el pasado generaba estructuras societarias artificiales en algunos negocios.
También proporciona una estructura preparada para incorporar posteriormente inversores o nuevos socios sin tener que empezar de cero.
Como contrapartida, requiere una gestión mucho más formal que la del autónomo: contabilidad mercantil, libros societarios, Registro Mercantil, cuentas anuales, Impuesto sobre Sociedades y obligaciones específicas derivadas de tener un único socio.
¿Cómo gestionar una Sociedad Limitada Unipersonal con STEL Order?
Aunque una SLU tenga un solo propietario, su gestión empresarial puede implicar numerosos procesos: facturación, clientes, compras, proveedores, cobros, gastos, stock, proyectos o intercambio de información con la asesoría.
Con STEL Order puedes centralizar gran parte de estas tareas en un único sistema:
- Gestionar presupuestos, pedidos, albaranes y facturas.
- Registrar compras, facturas de proveedor y gastos.
- Organizar clientes y oportunidades mediante el CRM.
- Gestionar productos, servicios y stock.
- Controlar proyectos y su rentabilidad.
- Organizar agenda y tareas.
- Consultar informes de facturación, compras, tesorería o impuestos.
- Facilitar el acceso y el intercambio de información con el asesor.
Además, STEL Order está adaptado al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación y permite trabajar tanto en modalidad Sí VERIFACTU como No VERIFACTU.
Para una SLU esto permite separar mejor la operativa de la empresa de la actividad personal de su socio único y mantener centralizada la documentación generada por el negocio.
A medida que la empresa crece, también puede incorporar funcionalidades como proyectos, SAT, multialmacén, conciliación bancaria, contabilidad, API o automatizaciones, evitando tener que cambiar de herramienta al aumentar la complejidad de la sociedad.
Preguntas frecuentes
Sí. Ser una sociedad unipersonal significa únicamente que existe un solo socio, no que la empresa tenga que estar formada por una única persona. La SLU puede contratar trabajadores igual que cualquier otra Sociedad Limitada.
Depende de la documentación, la vía elegida y la complejidad de la sociedad. El procedimiento puede agilizarse mediante CIRCE y el DUE, que permiten centralizar telemáticamente muchos de los trámites con las diferentes administraciones.
La sociedad dejar de ser unipersonal y pasa a funcionar como una Sociedad Limitada con varios socios. No es necesario crear una empresa nueva. La pérdida de la condición de unipersonalidad deberá formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil.
La ley exige que la sociedad haga constar expresamente su condición de unipersonal en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido, facturas y anuncios legales mientras se mantenga dicha situación. Por tanto, las facturas deben dejar constancia de que se trata de una sociedad unipersonal.
