Cuando termina una relación laboral, ya sea por un despido, una baja voluntaria o la finalización de un contrato, la empresa debe liquidar las cantidades que tenga pendientes con el trabajador. Esa liquidación es lo que conocemos como finiquito.
Pero ¿cuánto te corresponde exactamente? Para calcular el finiquito hay que tener en cuenta conceptos como el salario pendiente, las vacaciones generadas y no disfrutadas, las pagas extraordinarias y otras cantidades que puedan quedar por cobrar.
En esta guía te explicamos cómo calcular tu finiquito y ponemos a tu disposición nuestra calculadora de finiquito, con la que podrás obtener una estimación introduciendo los datos de tu contrato.
Calcula una estimación de tu finiquito y de la indemnización, si corresponde.
Índice de contenidos
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es la liquidación de las cantidades que la empresa tiene pendientes con un trabajador cuando termina la relación laboral. Puede corresponder tanto si el contrato finaliza por un despido como por una baja voluntaria, el fin de un contrato temporal u otra causa de extinción.
En el finiquito pueden incluirse conceptos como el salario pendiente de cobrar, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extraordinarias, cuando no estén prorrateadas, y otras cantidades que se hayan generado y todavía no se hayan abonado.
Por tanto, tener derecho a finiquito no significa necesariamente tener derecho a una indemnización. Son conceptos diferentes: el finiquito liquida cantidades ya generadas por el trabajador, mientras que la indemnización solo corresponde en determinados supuestos de extinción del contrato.
El Estatuto de los Trabajadores establece que, con ocasión de la extinción del contrato, la empresa debe acompañar una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas.
¿Finiquito e indemnización son lo mismo?
No. Aunque muchas veces se cobran al mismo tiempo, finiquito e indemnización no son lo mismo.
El finiquito recoge las cantidades que ya corresponden al trabajador y están pendientes de pago. La indemnización, en cambio, es una compensación económica asociada a determinadas causas de extinción del contrato.
Por ejemplo, una baja voluntaria puede generar finiquito, pero no una indemnización por el simple hecho de dejar el puesto. En cambio, determinados contratos temporales sí generan una indemnización al finalizar; con carácter general, es de 12 días de salario por año trabajado, aunque existen excepciones.
¿Qué incluye el finiquito?
El finiquito debe recoger las cantidades que el trabajador haya generado y que estén pendientes de pago en el momento de finalizar la relación laboral. Su importe, por tanto, dependerá de la situación concreta de cada trabajador.
Normalmente, puede incluir:
- Salario pendiente: la parte del sueldo correspondiente a los días trabajados desde la última nómina hasta la fecha de finalización del contrato.
- Vacaciones no disfrutadas: los días de vacaciones generados y pendientes de disfrutar al finalizar la relación laboral. El Estatuto de los Trabajadores establece un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, aunque el convenio colectivo o el contrato pueden establecer condiciones más favorables.
- Pagas extraordinarias: la parte proporcional que se haya generado y todavía no se haya cobrado. Si las pagas están prorrateadas en las mensualidades, no habrá una cantidad pendiente por este concepto. El Estatuto reconoce dos gratificaciones extraordinarias al año y permite su prorrateo cuando así lo establezca el convenio colectivo.
- Otros conceptos pendientes: por ejemplo, horas extraordinarias, comisiones, incentivos, pluses u otras cantidades que se hayan generado y todavía no se hayan abonado.
La indemnización por despido o finalización del contrato, cuando corresponda, debe calcularse aparte. Por eso en nuestra calculadora mostramos de forma separada el importe estimado del finiquito y el de la posible indemnización.
¿Cómo se calcula el finiquito?
Para calcular el finiquito hay que determinar cuánto corresponde por cada uno de los conceptos pendientes y sumarlos:
Finiquito = salario pendiente + vacaciones no disfrutadas + pagas extra pendientes + otros conceptos pendientes
Por ejemplo, si un trabajador tiene pendientes 800 € de salario, 250 € de vacaciones no disfrutadas y 300 € correspondientes a pagas extraordinarias, su finiquito sería:
800 € + 250 € + 300 € = 1.350 €
Este sería el importe del finiquito, sin incluir una posible indemnización por extinción del contrato.
¿Cómo se calcula el finiquito según la causa de finalización?
El cálculo del finiquito parte siempre de las cantidades pendientes de pago, pero la causa por la que termina la relación laboral puede determinar si, además, existe derecho a una indemnización.
Finiquito por baja voluntaria
Cuando un trabajador decide dejar voluntariamente su puesto, tiene derecho a cobrar el finiquito correspondiente: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias pendientes y otros conceptos que haya generado.
Sin embargo, la baja voluntaria no genera por sí misma derecho a una indemnización.
Finiquito por despido
En caso de despido, el trabajador también debe recibir las cantidades pendientes que formen parte de su finiquito.
Además, dependiendo del tipo de despido, puede existir una indemnización adicional. Por ejemplo, el despido objetivo tiene una indemnización legal diferente a la del despido improcedente, mientras que un despido disciplinario procedente no genera indemnización.
Finiquito por fin de contrato
Cuando finaliza un contrato temporal, también debe liquidarse el salario, las vacaciones y el resto de cantidades pendientes.
Además, determinados contratos de duración determinada generan al finalizar una indemnización equivalente, con carácter general, a 12 días de salario por año de servicio. Existen excepciones, como los contratos formativos y los contratos de sustitución.
¿Cuánto me corresponde de finiquito?
No existe una cantidad fija de finiquito por haber trabajado 3 meses, 6 meses o 1 año. El importe depende del salario, los días pendientes de cobrar, las vacaciones no disfrutadas, las pagas extraordinarias y otros conceptos pendientes.
Por eso, dos trabajadores con la misma antigüedad pueden recibir finiquitos diferentes. Si además la causa de finalización genera derecho a una indemnización, esta se calculará aparte teniendo en cuenta factores como el salario, la antigüedad y el tipo de extinción.
¿Cuándo se debe pagar el finiquito?
El finiquito debe entregarse cuando finaliza la relación laboral, junto con la liquidación de las cantidades pendientes.
No existe un plazo único aplicable a todos los casos, ya que puede depender de la causa de extinción, del convenio colectivo y de las circunstancias concretas. En cualquier caso, la empresa debe presentar al trabajador una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas al comunicar la extinción del contrato o, cuando proceda, su preaviso.
Si el trabajador considera que las cantidades incluidas no son correctas, puede revisar el documento antes de firmarlo y reclamar las diferencias que correspondan.
¿Tengo que firmar el finiquito?
La empresa puede solicitar al trabajador que firme el documento de finiquito como constancia de su entrega. Antes de hacerlo, es recomendable comprobar que aparecen correctamente todas las cantidades pendientes y que los importes coinciden con lo que corresponde.
Si el trabajador no está de acuerdo con el contenido o con las cantidades indicadas, puede hacer constar su disconformidad al firmar, por ejemplo, añadiendo la expresión “no conforme”.
Además, el Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador puede solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de firmar el finiquito.
¿Qué pasa si la empresa no paga el finiquito?
Si la empresa no paga el finiquito o el trabajador considera que faltan cantidades por incluir, puede reclamar los importes pendientes.
Con carácter general, el plazo para reclamar cantidades económicas derivadas de la relación laboral es de un año desde que la reclamación pudo ejercitarse. Este plazo es diferente al establecido para impugnar un despido, que es de 20 días hábiles.
La reclamación puede referirse, por ejemplo, a salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias u otros conceptos que deberían haberse incluido en la liquidación. En estos casos, contar con una asesoría laboral puede ayudar a revisar las cantidades y gestionar la reclamación.
Preguntas frecuentes sobre el finiquito
¿Tengo derecho a finiquito si estoy en periodo de prueba?
Sí. Si la relación laboral termina durante el periodo de prueba, también deben liquidarse las cantidades que el trabajador haya generado hasta ese momento, como el salario pendiente o las vacaciones devengadas.
¿El finiquito tributa en el IRPF?
Las cantidades incluidas en el finiquito pueden estar sujetas a IRPF y cotización a la Seguridad Social según la naturaleza de cada concepto. Por ejemplo, el salario pendiente o las vacaciones abonadas forman parte de las retribuciones del trabajador. Las indemnizaciones tienen un tratamiento fiscal diferente y pueden estar exentas dentro de determinados límites legales.
¿Puede un finiquito salir a cero?
Sí. Puede ocurrir si, en el momento de finalizar el contrato, no existen cantidades pendientes de pago porque el salario, las pagas extraordinarias y las vacaciones ya se han liquidado o disfrutado.
¿Se puede cobrar el finiquito por transferencia bancaria?
Sí. El pago puede realizarse mediante transferencia bancaria u otro medio de pago utilizado habitualmente por la empresa, siempre que quede constancia del importe abonado al trabajador.
¿El finiquito aparece en la última nómina?
Puede aparecer junto con la última nómina o mediante un documento de liquidación independiente, dependiendo de cómo gestione la empresa la extinción del contrato. Lo importante es que se identifiquen correctamente los conceptos y cantidades pendientes.
