Cómo crear una empresa en España: pasos, trámites y costes

En este artículo explicamos los 12 pasos necesarios para crear una empresa desde cero sin problemas, cuáles son los gastos que tendrás que cubrir y la herramienta útil para gestionarla una vez creada.

Crear una empresa implica mucho más que tener una buena idea. Antes de empezar a vender tendrás que decidir cómo vas a desarrollar la actividad, cumplir determinados trámites fiscales y administrativos y organizar aspectos como la facturación, la contabilidad o la Seguridad Social.

El proceso cambia bastante dependiendo de si vas a trabajar como autónomo o constituir una sociedad, como una Sociedad Limitada (SL).

En esta guía repasamos cómo crear una empresa en España paso a paso, qué trámites necesitas, cuánto puede costar y qué obligaciones tendrás una vez empieces a operar.

¿Qué necesitas antes de crear una empresa?

Antes de iniciar los trámites administrativos conviene tener claras algunas cuestiones básicas del proyecto.

Entre ellas:

  • Qué producto o servicio vas a ofrecer y qué necesidad resuelve.
  • Quiénes serán tus clientes y qué competencia existe.
  • Cómo vas a generar ingresos y cuáles serán tus principales costes.
  • Cuánto dinero necesitas para comenzar.
  • Si vas a emprender solo o con otras personas.
  • Qué nivel de riesgo económico tendrá la actividad.
  • Qué forma jurídica encaja mejor con el negocio.
  • Si necesitas local, trabajadores, vehículos, maquinaria o permisos específicos.
  • Una previsión inicial de ventas, gastos y tesorería.

No necesitas tener todo previsto al detalle, pero sí contar con una base suficiente para decidir cómo estructurar el negocio y cuánto capital necesitas realmente.

Cómo crear una empresa paso a paso

Los trámites exactos dependen de la forma jurídica elegida. Crear una Sociedad Limitada requiere más pasos que darse de alta como autónomo, pero el proceso general para poner en marcha un negocio puede resumirse así:

  1. Elige la forma jurídica. Decide si vas a trabajar como autónomo, SL, SLU, cooperativa u otra modalidad según el número de socios, responsabilidad, fiscalidad y necesidades del negocio.
  2. Elige el nombre de la empresa. Si vas a constituir una sociedad necesitarás comprobar que la denominación está disponible y solicitar la correspondiente certificación negativa del Registro Mercantil Central. Registrar además una marca o nombre comercial es un trámite distinto y no es obligatorio para constituir la empresa.
  3. Define socios y capital. Determina quiénes participarán en la empresa, cuánto aportará cada uno y cómo se repartirá el capital.
  4. Redacta los estatutos sociales. En una sociedad deben establecerse cuestiones como la denominación, objeto social, domicilio, capital y sistema de administración.
  5. Formaliza la escritura de constitución. Los socios fundadores deberán otorgarla ante notario cuando la forma jurídica elegida así lo requiera.
  6. Solicita el NIF y realiza el alta censal. Desde el 3 de febrero de 2025 se utiliza el modelo 036, ya que el antiguo modelo 037 fue eliminado. El alta censal debe realizarse antes de comenzar la actividad.
  7. Inscribe la sociedad en el Registro Mercantil. En sociedades de capital como la SL, la inscripción completa el proceso de constitución y permite que la sociedad adquiera personalidad jurídica.
  8. Comunica la actividad y las obligaciones fiscales. Tendrás que informar a Hacienda de las actividades económicas que vas a desarrollar, así como de tus obligaciones de IVA, retenciones, Impuesto sobre Sociedades u otros impuestos cuando correspondan.
  9. Realiza los trámites con la Seguridad Social. Dependiendo de tu situación puede ser necesario darte de alta en el RETA, encuadrar a los socios o inscribir la empresa si va a contratar trabajadores.
  10. Obtén las licencias y permisos necesarios. Algunas actividades requieren licencias municipales, autorizaciones sectoriales, registros sanitarios, permisos ambientales u otros requisitos.
  11. Organiza la contabilidad y la facturación. Antes de empezar a vender conviene tener definido cómo emitirás facturas, registrarás gastos, controlarás cobros y conservarás la documentación.
  12. Empieza a operar. Con los trámites correspondientes completados, ya puedes comenzar a desarrollar la actividad y gestionar el negocio.

Este orden puede variar cuando se utiliza CIRCE, ya que el sistema centraliza y automatiza buena parte de los trámites mediante el Documento Único Electrónico (DUE).

¿Qué forma jurídica elegir para crear una empresa?

No todas las empresas necesitan la misma estructura. Estas son algunas de las formas jurídicas más habituales:

Forma jurídicaSociosCapital mínimoResponsabilidadTributación principal
Autónomo1No existePersonal, con carácter generalIRPF
Comunidad de bienes2 o másNo existeIlimitadaAtribución de rentas
Sociedad Limitada1 o más1 €Limitada, con carácter generalImpuesto sobre Sociedades
Sociedad Limitada Unipersonal11 €Limitada, con carácter generalImpuesto sobre Sociedades
Sociedad Anónima1 o más60.000 €Limitada, con carácter generalImpuesto sobre Sociedades
CooperativaDepende de la normativa aplicableSegún estatutos y normativaGeneralmente limitadaImpuesto sobre Sociedades con régimen específico

Si vas a empezar solo y buscas sencillez, trabajar como autónomo puede ser suficiente. Si quieres separar jurídicamente el negocio de tu patrimonio personal, incorporar socios o crear una estructura más empresarial, puede tener más sentido constituir una sociedad.

La elección no debería hacerse únicamente por impuestos. También hay que valorar responsabilidad, costes de mantenimiento, necesidades de financiación y previsión de crecimiento.

¿Cómo crear una Sociedad Limitada?

La Sociedad Limitada es una de las formas societarias más habituales en España y puede constituirse actualmente con un capital mínimo de 1 euro.

De forma resumida, para crear una SL hay que:

  1. Solicitar la denominación social.
  2. Definir socios, participaciones y capital.
  3. Preparar los estatutos sociales.
  4. Formalizar la escritura ante notario.
  5. Obtener el NIF y realizar los trámites censales.
  6. Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil.
  7. Completar las altas fiscales y de Seguridad Social correspondientes.

Desde la Ley Crea y Crece, el capital mínimo de una SL es de 1 €. No obstante, mientras el capital y la reserva legal no alcancen conjuntamente los 3.000 €, al menos el 20 % del beneficio debe destinarse a reserva legal. Además, si la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente para pagar sus deudas, los socios responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 € y el capital suscrito.

Conviene recordar que el capital social no es un gasto de constitución: una vez aportado, pasa a formar parte del patrimonio de la sociedad y puede utilizarse para desarrollar su actividad.

¿Se puede crear una empresa online?

Sí. Muchos de los trámites necesarios para crear una empresa pueden realizarse telemáticamente mediante CIRCE, el sistema de creación de empresas del Ministerio de Industria y Turismo.

CIRCE utiliza el Documento Único Electrónico (DUE) para enviar los datos a las distintas administraciones implicadas. Actualmente permite realizar procedimientos de creación para, entre otras figuras, Sociedades Limitadas, autónomos, comunidades de bienes y sociedades civiles.

A través de CIRCE pueden gestionarse trámites relacionados con:

  • Notaría.
  • NIF provisional.
  • Declaración censal.
  • Registro Mercantil.
  • Seguridad Social.
  • Alta de socios y trabajadores.
  • Comunicación de contratos laborales.

El DUE unifica más de 25 formularios administrativos y el procedimiento puede iniciarse directamente mediante el PAE Virtual o con ayuda de un Punto de Atención al Emprendimiento (PAE). El servicio de ayuda y acompañamiento para realizar la tramitación mediante CIRCE en los PAE debe prestarse gratuitamente.

Esto no significa necesariamente que todo el proceso pueda hacerse sin ninguna actuación presencial: en la constitución de determinadas sociedades sigue siendo necesaria la intervención del notario.

¿Cuánto cuesta crear una empresa en España?

No existe un coste único. Depende principalmente de la forma jurídica, la actividad y de si realizas tú mismo los trámites o recurres a profesionales.

ConceptoAutónomoSociedad Limitada
Capital socialNoDesde 1 €
Reserva de denominaciónNo necesariaSí
NotaríaNo para darse de altaSí
Registro MercantilNo, con carácter generalSí
GestoríaOpcionalOpcional, aunque habitual
Licencias y permisosSegún actividadSegún actividad
SegurosSegún actividadSegún actividad
Software de gestión y facturaciónSegún necesidadesSegún necesidades

El capital social no debe sumarse directamente como un coste, porque ese dinero continúa perteneciendo a la empresa.

Los gastos de notaría y Registro Mercantil pueden variar en función del procedimiento utilizado, el capital y las características de la sociedad. Utilizar CIRCE puede simplificar el proceso, pero no elimina los costes de terceros que correspondan.

También hay actividades que pueden requerir inversiones mucho más relevantes que los propios trámites: alquiler de un local, maquinaria, herramientas, vehículos, stock inicial, seguros o licencias.

Por eso, al calcular cuánto cuesta crear una empresa conviene separar gastos de constitución, capital aportado e inversión necesaria para empezar a trabajar.

¿Cuánto se tarda en crear una empresa?

El plazo depende de la forma jurídica y de la vía utilizada.

Darse de alta como autónomo puede ser relativamente rápido si ya dispones de identificación electrónica y tienes claras tus obligaciones fiscales.

La constitución de una sociedad requiere más pasos porque intervienen organismos como el Registro Mercantil Central, notaría, Agencia Tributaria y Registro Mercantil Provincial.

Según el PAE Electrónico, mediante CIRCE la tramitación puede situarse aproximadamente entre 1 y 10 días, dependiendo, entre otros factores, de si se utilizan estatutos y escrituras normalizadas.

Esto no significa que todas las empresas puedan constituirse siempre en ese plazo. Una denominación rechazada, estatutos personalizados, errores documentales, permisos especiales o incidencias registrales pueden alargar el proceso.

¿Qué impuestos y obligaciones tiene una empresa después de crearla?

Crear la empresa es solo el principio. Una vez iniciada la actividad tendrás que cumplir periódicamente con las obligaciones fiscales, contables y de facturación que correspondan.

Las principales pueden incluir:

  • IRPF, si desarrollas la actividad como persona física.
  • Impuesto sobre Sociedades, si operas mediante una sociedad.
  • IVA, cuando la actividad esté sujeta al impuesto.
  • Retenciones, por ejemplo sobre determinadas nóminas, servicios profesionales o alquileres.
  • Pagos fraccionados y declaraciones informativas.
  • Contabilidad y conservación de facturas y justificantes.

En 2026, el tipo general del Impuesto sobre Sociedades continúa siendo del 25 %, pero no todas las sociedades tributan a ese porcentaje. Las microempresas con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros aplican, con carácter general, un 19 % sobre los primeros 50.000 € de base imponible y un 21 % sobre el resto; las entidades de reducida dimensión aplican un 23 % en los periodos iniciados en 2026.

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) tampoco implica que todas las empresas tengan que pagar una cuota. Entre otros supuestos, están exentas las personas físicas, las entidades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros y quienes inicien una nueva actividad durante los dos primeros periodos impositivos.

También debes prestar atención al sistema utilizado para facturar. Las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades incluidas en el ámbito del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027; para el resto de obligados incluidos, el plazo general es antes del 1 de julio de 2027.

Además, en 2026 ya se ha aprobado el desarrollo reglamentario de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Su aplicación efectiva se producirá de forma escalonada una vez entre en vigor la orden ministerial que complete el desarrollo técnico: doce meses después para quienes superen los 8 millones de euros de volumen de operaciones y veinticuatro meses después para el resto.

¿Qué necesitas si vas a contratar trabajadores?

Si vas a contratar empleados, tendrás que realizar trámites adicionales antes de que comiencen a trabajar.

Cuando una empresa contrata trabajadores por primera vez debe solicitar su inscripción como empresario en la Tesorería General de la Seguridad Social. En ese momento se le asigna un Código de Cuenta de Cotización principal. El trámite debe realizarse antes del inicio de la actividad con trabajadores.

También habrá que:

  • Tramitar las altas de los trabajadores en la Seguridad Social.
  • Formalizar los contratos laborales.
  • Comunicar los contratos cuando corresponda.
  • Aplicar el convenio colectivo adecuado.
  • Gestionar nóminas y cotizaciones.
  • Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Llevar el registro de jornada cuando resulte obligatorio.

No necesitas, en cambio, mantener el antiguo libro de visitas de la Inspección de Trabajo, una obligación que fue eliminada.

Si desde el inicio tienes previsto contratar personal, conviene incorporar estos costes a la planificación económica del proyecto antes de crear la empresa.

Errores habituales al crear una empresa

Muchos problemas no aparecen durante la constitución, sino unos meses después. Estos son algunos errores que conviene evitar:

  • Elegir la forma jurídica únicamente por impuestos. También importan la responsabilidad, los costes administrativos y los planes de crecimiento.
  • Confundir facturación con beneficio. Que una empresa facture mucho no significa necesariamente que sea rentable.
  • Pensar que el capital social es dinero perdido. El capital pasa a formar parte del patrimonio de la empresa.
  • No calcular la tesorería necesaria. Puedes tener un negocio rentable y, aun así, tener problemas para pagar si cobras tarde.
  • Empezar la actividad sin comprobar licencias o autorizaciones.
  • Mezclar las finanzas personales con las del negocio.
  • No definir bien las funciones y participaciones de los socios.
  • Dejar la facturación y la contabilidad para después.
  • Elegir un software que no pueda acompañar el crecimiento de la empresa o las nuevas obligaciones de facturación.
  • No reservar dinero para impuestos y cotizaciones.

Crear una empresa no consiste únicamente en completar los trámites iniciales. La verdadera diferencia está en comenzar con una estructura que permita controlar desde el primer momento cuánto entra, cuánto sale y qué compromisos tiene el negocio.

¿Cómo gestionar una empresa desde el primer día con STEL Order?

Los primeros meses suelen estar llenos de decisiones, presupuestos enviados, primeros clientes, gastos imprevistos y facturas pendientes de cobrar. Si toda esa información empieza repartida entre hojas de cálculo, correos y documentos, poner orden más adelante resulta mucho más complicado.

Por eso, una de las mejores decisiones al crear una empresa es establecer desde el principio una forma clara de trabajar.

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Con STEL Order puedes empezar controlando la actividad más básica y ampliar la gestión a medida que la empresa crece. Lo importante no es utilizar todas las funcionalidades desde el primer día, sino conseguir que clientes, documentos, compras, cobros y trabajo realizado formen parte de un mismo flujo de información.

Así, cuando llegue el momento de contratar empleados, gestionar más proyectos, controlar stock o analizar la rentabilidad, no tendrás que reconstruir meses de información dispersa.

Además, contar desde el inicio con un sistema de facturación preparado para los nuevos requisitos fiscales evita tener que cambiar de herramienta precisamente cuando el negocio empieza a ganar volumen.

Crear una empresa es un proceso puntual. Gestionarla bien empieza el primer día.

Preguntas frecuentes

Sí. Puedes desarrollar la actividad como autónomo o constituir una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU), en la que todo el capital pertenece a un único socio.

No. Una Sociedad Limitada puede tener un único socio. En ese caso tendrá la condición de Sociedad Limitada Unipersonal.

No es obligatorio contratar una gestoría para constituir una empresa. Puedes realizar muchos trámites directamente o mediante CIRCE. Sin embargo, contar con asesoramiento puede resultar útil cuando existen varios socios, operaciones complejas, trabajadores o dudas fiscales.

Desde el 3 de febrero de 2025, las declaraciones censales de alta, modificación y baja se realizan mediante el modelo 036, ya que el modelo 037 fue suprimido.

STEL Order

Equipo de redacción de STEL Order, formado por profesionales con experiencia en diversos ámbitos de la gestión y facturación tanto de empresas como de autónomos. Contenidos editados, revisados y actualizados por profesionales. Si desea comunicarse con nosotros sobre sugerencias de modificaciones en los artículos puede hacerlo en el siguiente correo: marketing+redaccion@stelorder.com.

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