El Modelo 130 es un documento tributario que deben presentar muchos autónomos en España para hacer pagos a cuenta del IRPF de forma trimestral. Su objetivo es adelantar parte del impuesto sobre la renta en función de los beneficios obtenidos en el trimestre, evitando así un pago excesivo o imprevisto al final del año fiscal.
Aunque puede parecer complicado al principio, entender cómo funciona, cuándo se presenta y cómo rellenarlo correctamente te ayudará a evitar errores y posibles sanciones de Hacienda. En este artículo te explicaré paso a paso cómo hacerlo, junto con ejemplos y aclaraciones sobre las dudas más comunes.
Índice de contenidos
¿Qué es el modelo 130 de la AEAT?
El Modelo 130 es un formulario oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) utilizado por autónomos y profesionales para realizar pagos fraccionados del IRPF a lo largo del año. Su función es adelantar parte del impuesto sobre la renta en base a los ingresos y gastos generados en el trimestre.
Este modelo es obligatorio para los autónomos que tributan en estimación directa, ya sea normal o simplificada, siempre que menos del 70% de sus ingresos estén sujetos a retención en factura. Es decir, si facturas principalmente a particulares o a empresas que no aplican retención en tus facturas, estarás obligado a presentar el modelo 130.
Además, este pago fraccionado se calcula aplicando un 20% sobre los beneficios obtenidos en el trimestre (ingresos menos gastos deducibles). Sin embargo, se trata solo de un adelanto: cuando hagas la declaración anual de la renta, se ajustará la cantidad final a pagar o a devolver.
Este modelo es independiente del IVA, por lo que su presentación y pago no eximen al autónomo de cumplir con sus obligaciones relacionadas con el Modelo 303 (declaración trimestral de IVA).
¿Cuándo se tiene que presentar el modelo 130?
Son muchas las personas que se preguntan: el modelo 130, ¿cuándo se presenta? Es importante recordar que su presentación es obligatoria incluso si no se ha tenido actividad en el trimestre. En este caso, se presentará con importe cero para evitar sanciones por parte de Hacienda.
No obstante, el Modelo 130 se presenta de forma trimestral, siguiendo el calendario fiscal de la Agencia Tributaria. Los plazos para su presentación son los siguientes:
Trimestre | Periodo declarado | Fecha límite de presentación |
---|---|---|
1º Trimestre | Enero – Febrero – Marzo | Hasta el 20 de abril |
2º Trimestre | Abril – Mayo – Junio | Hasta el 20 de julio |
3º Trimestre | Julio – Agosto – Septiembre | Hasta el 20 de octubre |
4º Trimestre | Octubre – Noviembre – Diciembre | Hasta el 30 de enero del año siguiente |
Si la fecha límite cae en un día festivo o fin de semana, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.
¿Cómo se debe presentar el modelo 130?
El Modelo 130 se puede presentar de dos formas. La primera es a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, usando un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Esta opción es la más rápida y cómoda, ya que permite obtener un justificante inmediato y evita desplazamientos.
La segunda opción es la presentación presencial, acudiendo a una entidad financiera colaboradora con el modelo 130 impreso. Sin embargo, este método solo está disponible si el pago se realiza en ventanilla, ya que la domiciliación bancaria solo es posible mediante la presentación telemática.
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Modelo 130 y 131: diferencias
El Modelo 130 y el Modelo 131 son documentos utilizados para realizar pagos fraccionados del IRPF, pero se aplican en situaciones distintas.
Modelo | ¿Quién lo presenta? | Forma de tributación | Cálculo del pago |
---|---|---|---|
Modelo 130 | Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) | Se paga un 20% sobre los beneficios (ingresos menos gastos deducibles) | Basado en los ingresos y gastos reales del trimestre |
Modelo 131 | Autónomos en estimación objetiva (módulos) | Se paga según una cuota fija establecida por Hacienda | No depende de los ingresos y gastos reales, sino de los parámetros de actividad (metros del local, potencia contratada, empleados, etc) |
¿Cómo se debe rellenar el modelo 130?
Rellenar el Modelo 130 correctamente es clave para evitar errores y posibles sanciones de Hacienda. Este documento se compone de varias casillas en las que se deben incluir los ingresos, los gastos deducibles y los pagos ya efectuados en el año.
Para completarlo, sigue estos pasos:
- Identificación y periodo: introduce tu NIF, el ejercicio fiscal y el trimestre que estás declarando.
- Ingresos (casilla 1): suma la base imponible de todas tus facturas emitidas desde el inicio del año hasta el final del trimestre.
- Gastos deducibles (casilla 2): incluye el total de los gastos que puedes deducir (alquiler, suministros, material, cotización a la Seguridad Social, etc.).
- Beneficio del trimestre (casilla 3): se calcula automáticamente restando los gastos a los ingresos.
- Pago fraccionado (casilla 4): aplica el 20% sobre el beneficio obtenido.
- Pagos anteriores (casilla 5): indica la suma de los pagos fraccionados realizados en los trimestres previos del mismo año.
- Resultado de la declaración (casilla 19): es el importe final a pagar a Hacienda. Si el resultado es negativo, no tendrás que abonar nada.
Si el autónomo cumple los requisitos para aplicar la reducción por rentas bajas, podrá descontar hasta 100 euros por trimestre en la casilla 13.
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Casilla 13 del modelo 130: ¿cómo se rellena?
La casilla 13 permite a los autónomos reducir el pago del IRPF si sus beneficios del año anterior fueron bajos.
- Si en el ejercicio anterior el beneficio fue inferior a 9.000 euros, se pueden descontar 100 euros por trimestre (hasta 400 euros al año).
- Si los beneficios estuvieron entre 9.000 y 12.000 euros, la deducción será parcial.
- Si los beneficios superaron 12.000 euros, no se podrá aplicar esta reducción.
Para calcular correctamente la reducción, es importante revisar los rendimientos netos del año anterior. En el caso de nuevos autónomos sin actividad previa, Hacienda considera que sus beneficios anteriores fueron cero, por lo que pueden aplicar la deducción completa.
¿Cómo se calcula el modelo 130?
El cálculo del Modelo 130 se basa en los beneficios obtenidos por el autónomo en el trimestre, aplicando un 20% sobre la diferencia entre ingresos y gastos deducibles.
Fórmula básica
(Ingresos−Gastos deducibles)×20%−Pagos fraccionados anteriores−Retenciones−Reducción por rentas bajas
Ejemplo práctico
Un autónomo tiene los siguientes datos en el segundo trimestre:
- Ingresos: 20.000€
- Gastos deducibles: 8.000€
- Pagos fraccionados en trimestres anteriores: 3.000€
- Retenciones aplicadas en facturas: 500€
- Reducción por rentas bajas: 100€
Aplicamos la fórmula:
Concepto | Cálculo |
---|---|
Ingresos | 20.000€ |
Menos: Gastos deducibles | -8.000€ |
Subtotal (Beneficio neto) | 12.000€ |
Multiplicado por el 20% | 2.400€ |
Menos: Pagos fraccionados anteriores | -3.000€ |
Menos: Retenciones aplicadas | -500€ |
Menos: Reducción por rentas bajas | -100€ |
Total a pagar en el trimestre | 950€ |
El autónomo deberá ingresar 950 euros en Hacienda en este trimestre.
Modelo 130 sin actividad
Si un autónomo no ha tenido ingresos ni gastos durante un trimestre, sigue estando obligado a presentar el Modelo 130 con importe cero. Esto evita problemas con Hacienda y posibles sanciones por falta de presentación.
Cómo declarar el modelo 130 sin actividad
El proceso de presentación es el mismo, pero al completar el formulario se deben indicar importes cero en las casillas clave:
- Casilla 1 (Ingresos): 0 €
- Casilla 2 (Gastos deducibles): 0 €
- Casilla 3 (Beneficio neto): 0 €
- Casilla 4 (Pago fraccionado 20%): 0 €
- Casilla 19 (Resultado final): 0 €
Tras completar estos valores, la declaración se presenta de forma telemática o en una entidad colaboradora, como cualquier otra autoliquidación trimestral.
¿Qué ocurre si no se presenta?
No presentar el Modelo 130 sin actividad puede generar requerimientos de Hacienda e incluso sanciones. Aunque no se haya facturado en el trimestre, Hacienda considera que la obligación de declarar sigue vigente.
Modelo 130 y los gastos de difícil justificación
Los gastos de difícil justificación son un beneficio fiscal aplicable a los autónomos que tributan en estimación directa simplificada. Se trata de una deducción automática del 7% sobre el beneficio neto que Hacienda permite restar sin necesidad de justificar cada gasto de manera individual.
Para incluir esta deducción en el Modelo 130, se suma directamente en la casilla 2 (Gastos fiscalmente deducibles), junto con el resto de gastos habituales del trimestre.
Ejemplo de cálculo
Un autónomo obtiene en un trimestre:
- Ingresos: 15.000 €
- Gastos deducibles justificados: 4.000 €
- Gastos de difícil justificación (7% de beneficio):
(15.000−4.000)×7%=770€
Por lo tanto, el total de gastos que debe incluirse en la casilla 2 es: 4.000+770=4.770€
Esta deducción tiene un límite máximo de 2.000 euros anuales, por lo que si durante el año se supera esta cantidad, no se podrá aplicar el 7% en los siguientes trimestres.
Modelo 130: ¿quién está obligado a presentarlo?
El Modelo 130 debe ser presentado por los autónomos y profesionales que tributan en estimación directa y que no alcanzan el 70% de sus ingresos con retenciones en factura.
Están obligados a presentarlo:
- Autónomos en estimación directa simplificada o normal.
- Profesionales con menos del 70% de sus facturas con retención de IRPF.
- Socios de comunidades de bienes que desarrollen actividades económicas.
Si un autónomo factura principalmente a particulares o a empresas que no aplican retención en sus pagos, deberá presentar el Modelo 130 de forma obligatoria.
Si un autónomo no cumple con los requisitos para estar exento, deberá presentar el Modelo 130 trimestralmente, incluso si no ha tenido actividad.
Preguntas frecuentes
Un buen ratio de solvencia es aquel que sea mayor a 1, ya que indica que la empresa tiene más activos que pasivos y puede afrontar sus deudas a largo plazo. Sin embargo, lo que se considera ideal puede variar según el sector. Por ejemplo, en industrias con altos niveles de inversión, ratios superiores a 2 son comunes.
Porque es un pago fraccionado del IRPF que los autónomos deben realizar cada tres meses. Al ser un adelanto del impuesto, se presenta de forma periódica para evitar que el pago sea muy alto al final del año.
Sí, Hacienda permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento, aunque evaluará cada caso y puede exigir garantías si el importe es elevado.
Es acumulativo. En cada trimestre se reflejan los ingresos y gastos acumulados desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que se está declarando.
Si te das cuenta de que has cometido un error en un Modelo 130 ya presentado, debes presentar una declaración complementaria para corregirlo.
Si tributas en recargo de equivalencia, este régimen solo afecta al IVA, no al IRPF. Si cumples los requisitos para presentar el Modelo 130, tendrás que hacerlo igualmente.
No. El Modelo 130 no tiene un resumen anual específico, ya que su regularización se hace en la declaración de la renta.
Debes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, pagar el importe correspondiente y asumir el recargo por presentación tardía.