Impuestos de los autónomos: las obligaciones fiscales de los trabajadores autónomos

Los autónomos tienen una serie de obligaciones tributarias con la AEAT, que consisten en declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y en la declaración anual de IRPF (modelo 100).

La relación de los autónomos con Hacienda viene determinada por la presentación de varios modelos tributarios: analizaremos en qué consiste la fiscalidad de los trabajadores por cuenta propia, qué impuestos paga un autónomo y en qué consisten cada uno de estos tributos.

Las obligaciones fiscales de los autónomos

Cualquier trabajador autónomo necesita tener claras algunas nociones sobre fiscalidad e impuestos, ya que la responsabilidad de la relación con las administraciones recae única y exclusivamente sobre él.

Esto significa que tendrá que responder de las sanciones que pudiesen resultar de sus supuestas irregularidades tributarias: como se suele decir, el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

Por lo tanto, ¿qué impuestos tiene que pagar un autónomo? Los impuestos de los autónomos son, en esencia, tres: el IVA, el IRPF y el IAE.

El IVA

El IVA es el impuesto indirecto que grava los productos y los bienes de consumo, por lo que el trabajador autónomo, aunque paga el IVA, se lo deduce en una declaración trimestral mediante el modelo 303 de Hacienda; en otras palabras, los autónomos actúan como meros transmisores del IVA (intermediarios) entre Hacienda y el consumidor final.

El pago del IVA lo realizan los autónomos en sus declaraciones timestrales a través de la presentación del mencionado modelo 303, en el que hacen constar el IVA repercutido a sus clientes en sus facturas; y el IVA deducible, que es el resultante de las compras, adquisiciones o gastos directamente relacionados con la naturaleza de su actividad (o considerados imprescindibles para ello).

En el modelo 303 también se incluiría el IVA del arrendamiento / alquiler de un local como un gasto deducible, así como el de vehículos y otras adquisiciones.

El resultado de la autoliquidación de IVA es realmente la cantidad que el autónomo paga a la Agencia Tributaria, que resulta de restar las partidas de IVA repercutido e IVA deducible.

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El IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas está concebido para gravar las rentas del trabajo que el autónomo haya obtenido durante el año fiscal.

La autoliquidación del IRPF se realiza normalmente mediante el conocido modelo 100 de Hacienda: a este respecto, un trabajador autónomo realizaría una declaración de la renta similar a la de cualquier otra persona física, pero que presentaría importantes salvedades (dada la naturaleza de sus ingresos).

En la declaración del IRPF, se incluyen también una serie de gastos deducibles (que no tienen nada que ver con los del IVA), y que afectarían en mayor o menor medida a la base imponible. Y, en ciertos casos, se requiere presentar una declaración de IRPF trimestral.

No obstante, también existen otras peculiaridades en función del régimen de IRPF en el que el autónomo tribute: estimación directa simplificada, estimación directa normal o estimación objetiva.

Asimismo, si la actividad profesional se ejerce a través de una sociedad mercantil, esta tributación no se realiza mediante una declaración de IRPF, sino mediante el Impuesto de Sociedades (de interés para los autónomos societarios).

En este artículo puedes leer más sobre el IRPF de los autónomos.

El IAE

El IAE, como tal, hace referencia al Impuesto de Actividades Económicas, y no se puede considerar estrictamente un tributo análogo al IVA o al IRPF, sino que actúa más como una declaración censal. El alta en el IAE se realiza mediante los modelos 036 y 037 de Hacienda.

Es un directorio que consta de una serie de epígrafes que consignan la actividad del trabajador autónomo, y que le vinculan a seguir uno u otro régimen de obligaciones y deducciones fiscales durante el ejercicio de su actividad.

Decimos que no se puede considerar un impuesto como tal, no porque no se pague nada, sino por las condiciones bajo las que el autónomo tendría que realizar algún tipo de desembolso: solo se paga por el IAE si el importe neto de negocio anual es superior a 1 millón de euros.

¿Qué declaraciones satisfacen las obligaciones fiscales de un autónomo?

IVA trimestral

Como dijimos, se presenta el IVA trimestral en el modelo 303: el plazo de presentación es hasta el día 20 de cada mes siguiente al cierre del trimestre (abril, julio y octubre), con la salvedad de enero (por el ejercicio anterior), que se permite hasta el día 30.

Si además se han realizado operaciones intracomunitarias, el autónomo estará obligado a presentar el modelo 349 mensual, durante los primeros 20 días naturales del mes siguiente al que se desea declarar. Es una declaración meramente informativa (no conlleva una autoliquidación).

Aparte del IVA trimestral, es necesario presentar una declaración informativa anual a través del modelo 390: es, en esencia, un resumen de las cuatro declaraciones de IVA del año.

Más información sobre el calendario fiscal 2021 en este post.

IRPF trimestral

En ciertos casos, no se tiene que presentar solamente el modelo 100 (IRPF anual), sino también las declaraciones trimestrales de IRPF a través del modelo 130 (en caso de tributación por estimación directa) o del modelo 131 (si se tributa por estimación objetiva, también llamada tributación por módulos).

Retenciones e ingresos a cuenta

Se tienen que realizar estas declaraciones si el autónomo tiene a trabajadores contratados, ya sea por cuenta ajena (en plantilla) o por cuenta propia (otros autónomos que le pasan facturas por sus servicios).

También se tiene que tributar por retenciones e ingresos a cuenta si el autónomo disfruta del alquiler de un local con retenciones en sus facturas.

En resumen: todo el IRPF que se retenga en facturas pendientes de pago es necesario que se incluya en el modelo 111 (en concepto de retenciones a empleados o a otros profesionales) o en el modelo 115 (en concepto de alquileres de locales).

También se pueden realizar las declaraciones informativas respectivas de ambos modelos: el modelo 180 corresponde al 115, y el modelo 190 se corresponde con el 111.

Operaciones con terceros

El modelo 347 recoge las operaciones realizadas con terceros: su plazo de presentación es durante el mes de febrero del año siguiente al declarado. En esta declaración (no obligatoria para todos los autónomos) se hacen constar las operaciones con cualquier entidad cuyo conjunto sume más de 3000 euros.

El pago de impuestos por parte de los autónomos está asociado a aspectos de su actividad, y se realiza a través de la presentación de una serie de modelos a la Agencia Tributaria. Prueba STEL Order para que la gestión de tus impuestos como autónomo sea lo más sencilla posible.

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